Micelio
Auto26 de septiembre de 2023

A- de 2023

Ponente Juan Carlos Cortés González

Demandante Botero Rodriguez Juan De Dios·Demandado Empresa De Energia Del Quindio Sa Y Otro

Tema · dato duro
Controversia Generada Por La Ocupación Permanente De Inmuebles Con Redes Y Torres Conductoras De Energía Sin La Constitución De Servidumbre.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Civil
  • Conflictos sobre ocupación permanente de predios que no constituyan legalmente una servidumbre
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia entre jurisdicciones, suscitado entre el Juzgado Octavo Civil Municipal en Oralidad de Armenia y el Juzgado Cuarto Administrativo del Circuito de la misma ciudad.

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la demanda interpuesta en contra de la Empresa de Energía del Quindío S.A.

E.S.P. y de un particular, con el objeto de que retiraran todos los elementos eléctricos, como postes y líneas de conducción, que fueron instalados sin autorización, con el fin de suministrar el fluido eléctrico al predio de la demandada y que están afectando la posesión que ejerce respecto del inmueble rural de propiedad del demandante.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones se reiteró la regla de decisión del Auto 1045 de 2021, mediante la cual se estableció que corresponde a los jueces ordinarios, en la especialidad civil, conocer los conflictos originados por la ocupación permanente de predios por parte de empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios, en los eventos en los que se alegue que no se constituyó legalmente una servidumbre.

Con base en lo anterior se remitió el expediente al Juzgado Octavo Civil Municipal en Oralidad de Armenia para que proceda con lo de su competencia y comunique esta decisión a los sujetos procesales e intervinientes en este trámite y al otro operador jurídico involucrado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el presente conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
  2. Octavo. Civil Municipal en Oralidad de Armenia es la autoridad competente para conocer de la demanda promovida por Juan de Dios Botero Rodríguez en contra de la Empresa de Energía Eléctrica del Quindío S.A. E.S.P. y de Isabel Cristina Duque Escobar.
  3. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-3808 al Juzgado
  4. Octavo. Civil Municipal en Oralidad de Armenia para que proceda con lo de su competencia y comunique esta decisión a los sujetos procesales e intervinientes en este trámite y al Juzgado
  5. Cuarto. Administrativo del Circuito de la misma ciudad.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.